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Página: Institucional: Inversiones Turísticas - Turismo Salta

 

Inversiones Turísticas

Institucional

 
 

Inversiones Turísticas

INCENTIVOS PROVINCIALES PARA LA INVERSIÓN

LEY N° 8086 “PROMOCIÓN Y ESTABILIDAD FISCAL PARA LA GENERACIÓN DE EMPLEO”

La ley, que beneficia al sector turístico junto a otros sectores estratégicos, estipula beneficios financieros y estabilidad fiscal para las empresas radicadas en Salta:

  • Certificados de crédito fiscal por un monto de hasta el 40% de las inversiones a realizar y el apoyo de la Provincia para la obtención de créditos ante entidades bancarias y financieras, públicas o privadas, entre otras.
  • Brinda seguridad jurídica a los emprendimientos con estabilidad fiscal a 10 años y se faculta al Poder Ejecutivo a otorgar subsidios de tasas de hasta 5% a los créditos productivos que se oferten en la Provincia.
  • Prevé la unificación del Registro Público de Comercio con la Inspección General de Personas Jurídicas: así y para dar más celeridad, se facilita la inscripción de sociedades y se incorpora la figura de la sociedad por acciones simplificada, novedosa herramienta para la constitución de patrimonios comerciales. Empresarios y trabajadores deben ir a mediación antes de recurrir a la Justicia.
  • Fomenta al comercio y compra local: se crea el programa Prefiera Producto Salteño para incentivar la producción y comercialización de productos elaborados en Salta. Para ello se pondrá en marcha subsidios de comisiones de tarjetas de crédito; apoyo a misiones comerciales; eximición como agentes de retención de impuestos provinciales, entre otras medidas.
  • Exención Impositiva:
  • Exención de algunos de los tributos provinciales existentes o que se creasen, con exclusión de las Tasas Retributivas de Servicios.

Otros Beneficios:

  • Ceder en comodato, por períodos de hasta veinte (20) años, o locar a precio de fomento, bienes de dominio del Estado Provincial.
  • Asistencia técnica, administrativa y económica-financiera a través de los organismos competentes. - Apoyo de las gestiones tendientes a la obtención de créditos.
  • Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas radicadas en la Provincia de Salta gozarán de estabilidad fiscal, no pudiendo ver incrementada su carga tributaria en el ámbito provincial, en los términos de la Ley Nacional 27.264, extendiendo dichos beneficios desde el 1 de enero de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2027.
  • Otorgamiento de “Certificados de Crédito Fiscal”. RÉGIMEN DE PROMOCIÓN DE LA ACTIVIDAD TURÍSTICA, CULTURAL, DE LA INDUSTRIA AUDIOVISUAL Y ARTES ESCÉNICAS. (DECRETO 8086/2018)

CRÉDITOS CFI- LÍNEA PARA LA REACTIVACIÓN PRODUCTIVA

Beneficiarios: Personas humanas o jurídicas que desarrollen una actividad económica rentable y que estén en condiciones de ser sujeto hábil de crédito. Solo podrán ser beneficiarios aquellos solicitantes que se dedican a alguna actividad productiva (agropecuaria, industrial, turística, minera, etc.).

  • MICRO: Patrimonio menor a $ 6.000.000
  • PYMES: Patrimonio igual o superior a $ 6.000.000

CONDICIONES:
Montos

  • Monto de hasta $1.500.000 para aquellos solicitantes que acrediten una relación patrimonial mínima de 1 a 1.
  • Monto superior a $1.500.000 y hasta $3.000.000 la relación patrimonial debe ser de 1,5 a 1.
  • Monto superior a $3.000.000 y hasta $20.000.000 para aquellos solicitantes que acrediten una relación patrimonial mínima de 2 a 1.
  • Créditos con avales de SGR o fondo de garantía provincial: hasta $30.000.000, sin exigencia de relación patrimonial.

Tasas

  • Créditos hasta $1.000.000: Tasa compensatoria variable, equivalente al 50% de la Tasa Activa de Cartera General Diversas Nominal Anual en Pesos del BNA más 2 puntos porcentuales y bonificada al 50%.
  • Créditos superiores a $1.000.000: Tasa compensatoria variable, equivalente al 50% de la Tasa Activa de Cartera General Diversas Nominal Anual en Pesos del BNA más 2 puntos porcentuales.
  • En todos los casos se financia el 80 % de la inversión a realizar neta de IVA, el resto debe ser aporte propio.

Financiación

  • Hasta el 80% de la inversión a realizar.

Plazos

  • MICRO: Hasta 48 meses, incluyendo un máximo de 12 meses de gracia. *
  • PYMES: Hasta 84 meses, incluyendo un máximo de 24 meses de gracia.

Garantías

  • Montos hasta $1.000.000: a sola firma o garantía personal, a satisfacción del CFI y el Agente Financiero.
  • Montos superiores a $1.000.000 y hasta $10.000.000: garantías reales, que pueden ser prendarias, hipotecarias o avales de SGR o Fondo de Garantía Provincial.
  • Montos superiores a $10.000.000 y hasta $20.000.000: garantías hipotecarias o avales de SGR o Fondo de Garantía Provincial.
  • Montos superiores a $20.000.000 y hasta $30.000.000: avales de SGR o Fondo de Garantía Provincial.

LÍNEA PARA ENERGIAS RENOVABLES

Beneficiarios: Personas humanas o jurídicas que buscan generar electricidad a partir de cualquiera de las dos tecnologías de energías renovables seleccionadas, que pueden estar conectados (Generación Distribuida, en el marco de la Ley Provincial de Balance Neto 7824) o no (Off Grid) a la red eléctrica.

Los solicitantes deberán desarrollar actividades económicas rentables, estar en condiciones de ser sujeto hábil de crédito.

  • MICRO: Patrimonio menor a $ 6.000.000
  • PYMES: Patrimonio igual o superior a $ 6.000.000

CONDICIONES:
Montos

  • Monto de hasta $1.500.000 para aquellos solicitantes que acrediten una relación patrimonial mínima de 1 a 1.
  • Monto superior a $1.500.000 y hasta $3.000.000 la relación patrimonial debe ser de 1,5 a 1.
  • Monto superior a $3.000.000 y hasta $20.000.000 para aquellos solicitantes que acrediten una relación patrimonial mínima de 2 a 1.
  • Créditos con avales de SGR o fondo de garantía provincial: hasta $30.000.000, sin exigencia de relación patrimonial.

Tasas

  • Créditos hasta $1.000.000: Tasa compensatoria variable, equivalente al 50% de la Tasa Activa de Cartera General Diversas Nominal Anual en Pesos del BNA más 2 puntos porcentuales y bonificada al 50%.
  • Créditos superiores a $1.000.000: Tasa compensatoria variable, equivalente al 50% de la Tasa Activa de Cartera General Diversas Nominal Anual en Pesos del BNA más 2 puntos porcentuales.
  • En todos los casos se financia el 80 % de la inversión a realizar neta de IVA, el resto debe ser aporte propio.

Financiación

  • Hasta el 80% de la inversión a realizar.

Plazos

  • MICRO: Hasta 48 meses, incluyendo un máximo de 6 meses de gracia. 
  • PYMES: Hasta 84 meses, incluyendo un máximo de 6 meses de gracia.

Garantías

  • Montos hasta $1.000.000: a sola firma o garantía personal, a satisfacción del CFI y el Agente Financiero.
  • Montos superiores a $1.000.000 y hasta $10.000.000: garantías reales, que pueden ser prendarias, hipotecarias o avales de SGR o Fondo de Garantía Provincial.
  • Montos superiores a $10.000.000: garantías hipotecarias o avales de SGR o Fondo de Garantía Provincial.
  • Montos superiores a $20.000.000 y hasta $30.000.000: avales de SGR o Fondo de Garantía Provincial.
  • Consultar por Plazos para Microempresas de 84 meses y 24 de gracia, los mismos se determinarán en función de la actividad y el tipo de inversión a realizar.
  • Consultar en cada provincia que SGRs y/o Fondos Provinciales se encuentran habilitados.

Contacto con la Unidad de Enlace Provincial (UEP):
Mail para solicitar requisitos: salta@uepcfi.org.ar
Celular/WhatsApp: +543872512748
Página web: www.cfi.org.ar/financiamiento


FONDO PROVINCIAL DE INVERSIONES - LEY N° 6891

Línea Desarrollo Productivo MIPyMES - Resolución Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable N° 117/22.-

Actividades: Micro, Pequeñas y Medianas Empresas Agropecuarias, Industriales, Mineras, de Turismo, de Servicios a la Producción, y emprendimientos generadores de mano de obra.
Destino: Financia hasta el 60 % de la inversión nueva en Activo Fijo y Capital de Trabajo.
Monto máximo: Hasta $6.000.000.-
Plazos de pago:

  • Créditos para la adquisición de Activos Fijos y hasta un máximo del 20 % para Capital de Trabajo: Hasta en 5 años (60 meses), incluyendo hasta 12 meses de gracia con pago de intereses.
  • Créditos para la adquisición de Capital de Trabajo: Hasta 2 años incluyendo hasta 6 meses de gracia con pago de intereses.

Frecuencia de Pagos: Mensual, Trimestral, o Semestral.
Tasas Indicativa Nominal Anual: Tasa Nominal Anual pasiva vigente en el Banco de la Nación Argentina para depósitos a plazo fijo a 30 días.
Garantía: Reales (Prendas o Hipotecas) y/o Personal a satisfacción de la Provincia de Salta que cubra el 130 % del crédito. Puede ser garantía suficiente de documento a sola firma por parte del titular y de un garante solidario para créditos de hasta $ 1.000.000 (pesos un millón).
Financia: Fondo Provincial de Inversiones
Agente Financiero: Banco MACRO S.A.
Requisitos y condiciones: Unidad de Producción y Financiamiento, Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable (Centro Cívico Grand Bourg) - Daniel Medina 387-5414205.

 

CONSULTAS:
Dirección Gral. de Competitividad y Emprendedurimo
Sub Secretaría de Desarrollo y Competitividad Turística
Ministerio de Turismo y Deportes de Salta
Buenos Aires Nº 93. Salta
Tel:  + 54 387 4310950 – Interno 214 | 0800-222-2752 | 0800-222-3752
E-mail: competitividad@turismosalta.gov.ar
 
 
 

 
 
 

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Dirección de Capacitación

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Ubicación

Domicilio: Buenos Aires Nº 93.

Localidad: Salta, Capital.

CP: A4402FDA

Provincia: Salta.

Teléfonos: 0387 - 4310950 | 0800-222-2752 | 0800-222-3752

WhatsApp Informes:+5493875921004; +5493875921005

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