Institucional
El Ministerio de Turismo y Deportes tiene a su cargo la reglamentación del Turismo Alternativo en todas sus formas de acuerdo a lo establecido por la Ley Provincial 7045/97 en su Art. 8 inciso f, siendo el órgano de aplicación de la Reglamentación vigente.
Los Prestadores que brinden alguna actividad de turismo alternativo de manera periódica y de forma comercial deberán inscribirse en el registro y gestionar la correspondiente habilitación para llevar a cabo la/s actividad/es propuestas. Las Agencias de Viajes y Empresas de Viajes y Turismo que a su vez prestan alguna actividad de turismo activo, alternativo o aventura, de forma voluntaria podrán inscribirse.
ARCHIVOS PARA ADJUNTAR:
Para la habilitación:
Material de apoyo:
Domicilio: Buenos Aires Nº 93.
Localidad: Salta, Capital.
CP: A4402FDA
Provincia: Salta.
Teléfonos: 0387 - 4310950 | 0800-222-2752 | 0800-222-3752
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